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​La Autoridad Portuaria de Las Palmas inicia el trámite de desafección de parte de los terrenos concesionados al Club Náutico

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Puertos de Las Palmas   Consejo de Administración navidad 2020

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Luis Ibarra: “La APLP brinda una solución factible, dentro de la legalidad vigente, al RCNGC que además hace justicia con su labor social en la isla”

Aprueba declarar innecesariedad para fines portuarios, solicitar informe a la Dirección General de Costas y el Mar y dar traslado a Puertos del Estado para que lo eleve, en su caso, al Ministerio de Transportes

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El Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Las Palmas (APLP) ha dado luz verde hoy al inicio de los trámites para la desafección de parte de los terrenos que actualmente tiene en concesión el Real Club Náutico de Gran Canaria (RCNGC). Esta iniciativa tiene por objeto actualizar la utilidad portuaria de algunos espacios ubicados en la zona de servicio del Puerto de Las Palmas y facilitar la continuidad de la actividad social del Club Náutico ante la extinción de la concesión demanial el próximo 1 de enero de 2028.


El presidente de la APLP, Luis Ibarra, señala que con este acuerdo “la APLP brinda una solución factible, dentro de la legalidad vigente, al RCNGC que además hace justicia con su labor social en la isla a lo largo de su historia”.


Por tanto, el acuerdo adoptado hoy por el Consejo de Administración de la APLP incluye tres puntos:


  1. La declaración de innecesariedad para los fines portuarios de ciertos bienes de dominio público portuario incluidos en la concesión demanial otorgada al RCNGC, en la zona de servicio del Puerto de Las Palmas.
  2. La realización de todas las actuaciones administrativas al respecto, incluido la solicitud de informe a la Dirección General de la Costa y el Mar respecto la consideración de dichos bienes desde el punto de vista de sus características físicas, y de la protección y defensa del dominio público marítimo-terrestre.
  3. El traslado del expediente a Puertos del Estado, para que proponga, en su caso, la desafectación de los terrenos ante el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.


En la justificación del expediente se detalla que “por Orden Ministerial de fecha 30 de marzo de 1966, se otorgó al Real Club Náutico de Gran Canaria (RCNGC), concesión administrativa por plazo de noventa y nueve (99) años, para ocupar una parcela de 7.657 m2 de dominio público portuario ubicada en el extremo Norte de la Playa de Las Alcaravaneras (hoy Área Funcional 12 de la zona de servicio del puerto de Las Palmas), con destino a “instalaciones y servicios del Club”, a construir en base al proyecto suscrito por el Arquitecto Don Manuel de la Peña Suárez.”.


Se añade que “actualmente, la superficie de dominio público portuario ocupada por el RCNGC es de 47.900,35 m2, de los cuales una superficie de 22.349 m2 se corresponde con terrenos (13.120 m2 de terrenos y 9.229 m2 de rellenos), y una superficie de 5.551,35 m2 se corresponde con agua (23.259,35 m2 de lámina de agua y 2.292 m2 de pantalanes).”.


La concesión demanial se extinguirá el 1 de enero de 2028, una vez vencido el plazo de otorgamiento de otorgamiento de 35 años desde la entrada en vigor de la Ley 27/1992.

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