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Puertos de Las Palmas regula definitivamente la realización de trabajos de reparación de buques en sus instalaciones

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Puerto de Las PAlmas   Muelle Reina Sofu00eda

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La nueva norma establece una clasificación de las diferentes reparaciones navales y, a su vez, delimita si las mismas podrán o no ser realizadas por la propia tripulación del buque, todo ello, con el fin de garantizar la seguridad de los trabajadores y personas a bordo, de los habitantes de la ciudad, del propio buque que se repara o buques e instalaciones colindantes, y por último para la seguridad del medio ambiente, en general

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El Boletín Oficial del Estado, publicaba el pasado día 6 de mayo la Resolución de 15 de abril de 2021, de la Autoridad Portuaria de Las Palmas de la Ordenanza para la realización de trabajos de reparación de buques, plataformas y/o artefactos flotantes, atracados en los puertos gestionados por la Autoridad Portuaria de Las Palmas. Un extenso documento de 80 páginas que contienen cuatro Anexos: Anexo I Trabajos de mantenimiento a bordo; Anexo II Formación mínima de la «Persona Responsable o Director de Obra»; Anexo III Contenido mínimo de las notificaciones de reparación naval y solicitudes de autorización; y Anexo IV Manual de Buenas Prácticas. Reparaciones Navales.


Objetivos

Los objetivos que se persiguen con esta regulación son, en primer lugar, definir un conjunto de normas que eliminen o minimicen los riesgos derivados de los trabajos de reparaciones navales a flote a realizar en buques, plataformas y artefactos flotantes atracados en los puertos gestionados por la Autoridad Portuaria de Las Palmas; en segundo lugar, establecer una clasificación de las diferentes reparaciones navales; en tercero, delimitar atendiendo al tipo de reparación, si la misma podrá o no ser realizada por la propia tripulación del buque; en cuarto lugar, ahondar en la cultura de seguridad y prevención de riesgos en el entorno portuario; y en último lugar, afianzar el liderazgo del sector.


Los trabajos de reparación de buques han contribuido históricamente al desarrollo del puerto de Las Palmas hasta situarlo en la actualidad como enclave estratégico para el sector debido a la alta especialización y conocimiento adquirido a lo largo de estos años por las diferentes empresas en este puerto establecidas.


El servicio de reparación de buques es un servicio comercial que requiere para su prestación la obtención de la correspondiente Autorización de la Autoridad Portuaria. Hasta ahora, el servicio comercial de reparación de buques en los puertos gestionados por la Autoridad Portuaria de Las Palmas, se encontraba regulado por el Pliego de Condiciones Particulares aprobado por el Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Las Palmas, en sesión celebrada el 15 de septiembre de 2015.


Tras el intento fallido de aprobar un pliego de estas caracteríticas en el año 2016, anulado por el TSJC en 2019 tras la demanda presentada por Asocelpa, la reparación de buques del Puerto de Las Palmas parece definitivamente regulada.


Este Pliego va dirigido esencialmente a las empresas que cuentan con título habilitante (Autorización) para prestar este tipo de servicios en los Puertos de Las Palmas.


Sin embargo, más allá de las condiciones que rigen la prestación del servicio, se hace necesario establecer una norma general de obligado cumplimiento dirigida a todos los agentes que intervienen en el proceso, desde la notificación de los servicios hasta la ejecución de los trabajos (consignatario, tripulación, director de obra, taller, etc.) siendo necesario profundizar en determinadas cuestiones, estableciendo una clasificación de las diferentes reparaciones navales y, a su vez, delimitar si las mismas podrán o no ser realizadas por la propia tripulación del buque, todo ello, con el fin de asegurar que las reparaciones navales se ejecuten de modo seguro, de tal forma que los mismos no puedan suponer en ningún caso un riesgo inaceptable para la seguridad de los trabajadores y personas a bordo, para la seguridad de los habitantes de la ciudad, para la seguridad del propio buque que se repara o para otros bienes, buques e instalaciones colindantes, ni por último para el medio ambiente, en general.


Puerto de Las Palmas   detalle buques pesqueros factoru00edas


Esta ordenanza no incluye su aplicación a los trabajos de reparación que se realicen a bordo de buques, plataformas o artefactos flotantes que se encuentren en seco o atracados en muelles de armamento o instalaciones específicamente habilitadas al efecto de talleres, varaderos o astilleros, las cuales se regirán por los títulos administrativos correspondientes; Trabajos de desguace que se llevan a cabo en instalaciones específicamente habilitadas al efecto, en seco o a flote, situadas en dominio público portuario, las cuales se regirán por los Títulos administrativos correspondientes; Embarcaciones de recreo nacionales o extranjeras de menos de 24 metros de eslora total; Y las embarcaciones nacionales dedicadas a la actividad pesquera o de servicio de puerto de menos de 24 metros de eslora total.


La presente Ordenanza incluye las observaciones recogidas en el informe de la Capitanía Marítima de Las Palmas en materia de seguridad marítima y prevención de la contaminación del medio marino, solicitado por la Autoridad Portuaria.

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ORDENANZA PARA LA REALIZACIÓN DE TRABAJOS DE REPARACIÓN

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