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España actualiza la normativa sobre el control de la gestión de residuos de los buques en los puertos

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Esta orden entrará en vigor el 9 de diciembre de 2016.



El 15 de julio de 2011, el Comité de Protección del Medio Marino, de la Organización Marítima Internacional (OMI), actualizó el Convenio internacional para prevenir la contaminación por los buques (MARPOL), introduciendo una nueva categorización más detallada de las basuras, que entró en vigor el 1 de enero de 2013.


Por esta razón, y en aras de preservar la coherencia con las medidas de la OMI, la UE también adaptó la nueva categorización de las basuras.


Además, la UE ha incluido información sobre los tipos y cantidades de desechos generados por el buque que hayan sido realmente entregados en las instalaciones portuarias de recepción en el último puerto de descarga. El motivo de esta inclusión obedece a que los datos exactos sobre estas cantidades son esenciales para el cálculo, también exacto, de la capacidad de almacenamiento destinada a desechos a bordo de ese buque; a que, a su vez, el cálculo de una capacidad suficiente de almacenamiento es un requisito previo para autorizar al buque a dirigirse hasta el siguiente puerto de escala sin haber entregado sus desechos, así como para la selección adecuada de buques para inspección; y a que, en fin, unas inspecciones mejor orientadas contribuirán a una gestión más eficaz del tráfico marítimo mediante la reducción del tiempo de rotación en los puertos.


Asimismo, la recogida sistemática de datos exactos sobre la entrega de desechos permitirá un mejor análisis estadístico de los patrones de flujos de desechos en los puertos y facilitará el establecimiento del sistema de información y vigilancia


Las citadas innovaciones, al introducir entre los datos a notificar por el Capitán del buque nuevas categorías de basuras así como información sobre los tipos y cantidades entregadas de toda clase de desechos y residuos entregados en el anterior puerto de escala, obligan a modificar el formulario con el que ha de cursar dicha notificación, a fin de que éste recoja los espacios necesarios para consignar los nuevos datos exigidos.

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