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Coordinadora tacha de 'noticia agridulce' el nuevo convenio de Autoridades Portuarias y Puertos del Estado

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PortCastelló   Sede Autoridad Portuaria

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Hoy se publica en el BOE esta norma cuya vigencia será de ocho años

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Tras casi diez años de negociaciones, se publica hoy en el BOE el III Convenio Colectivo de Puertos del Estado y Autoridades Portuarias. La aprobación de un convenio colectivo, la adaptación a los tiempos de la norma por la que se rigen los trabajadores de una empresa, instituciones en este caso, es siempre una buena noticia. Sin embargo, en esta ocasión, la alegría se ve empañada porque se trata de un convenio en el que se desvirtúa la competencia negociadora de los trabajadores, pues se vulnera un derecho fundamental: la libertad sindical, así lo manifiesta el sindicato Coordinadora en un comunicado emitido hoy.


Esta situación, según el sindicato, a pesar de haber sido denunciada ya, de manera pública, por Coordinadora Estatal de Trabajadores Portuarios (CETP) y por otras fuerzas sindicales, en la firma del preacuerdo, en octubre de 2018, no se corrigió en su texto final. Así, el convenio “obliga a que los firmantes del mismo estén presentes en todos los acuerdos de empresa, tengan o no representación sindical. Un gesto sintomático que no parece perseguir el bienestar laboral de los trabajadores”, expone Miguel Ángel Hormigo, coordinador general de la CETP.


De la misma forma, CETP denuncia que para tratar de que el convenio representara los intereses de la mayoría de los trabajadores y se incorporara su criterio al definir cuestiones tan vitales como la promoción o formación de los empleados, se solicitó, asimismo, en una reunión con la anterior presidenta de Puertos del Estado, que se incluyera a todas las organizaciones sindicales con representatividad en las autoridades portuarias en la Comisión Local de Competencias, órgano recogido en el artículo 6 del III Convenio Colectivo. Esta petición fue declinada, pues no ha habido pronunciamiento positivo en este sentido y en el texto no se recoge esta diversidad.


Además, cualquier resolución, conflictiva o no, que se tome en el ámbito de la empresa, choca siempre con el techo de cristal de la Comisión Paritaria Nacional, pues se le otorga poder vinculante y resolutivo, no de mediación, sentencia el sindicato.


"En definitiva", concluye Hormigo, "a pesar de que tener un acuerdo entre trabajadores y empresa siempre es un motivo de satisfacción; en este caso es una noticia agridulce, pues se trata de un convenio que nos hipotecará durante ocho años y no responde a las demandas de los trabajadores, quienes lo han firmado no están representando nuestros intereses que se supone que es para lo que han sido votados".

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