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​La Autoridad Portuaria de Santander recupera su Puesto de Inspección Fronterizo (PIF)

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PuertodeSantanderTerminales_____

Con esta medida se amplía el tipo de mercancía que puede importarse a través del puerto de Santander de terceros países.

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El Real Decreto 1977/1999, de 23 de diciembre establece que las partidas de productos de origen animal procedentes de países terceros podrán introducirse en el territorio español exclusivamente a través de un Puesto de Inspección Fronterizo autorizado (PIF). Por este motivo, y ante la posible salida del Reino Unido de la Unión Europea (UE), la Autoridad Portuaria agilizó los trámites para recuperar su Punto de Inspección Fronterizo (PIF), una instalación de control de mercancías en la que se realizan los controles veterinarios de los productos de origen animal procedentes de terceros países y destinados al consumo humano.


Este PIF había sido suspendido temporalmente en 2013 por la Comisión de la Unión Europea para la inspección de animales vivos, productos de consumo animal y productos de origen animal tanto de consumo humano como de no consumo humano, en base a un análisis realizado por el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas sobre la falta de actividad de las instalaciones de control sanitario de mercancías en frontera.


El Puerto de Santander, con la mirada puesta en algunos de sus tráficos más representativos como el servicio de transporte de mercancía que desde hace cuarenta años realiza la compañía naviera Brittany Ferries entre este puerto y los puertos de Portsmouth y Plymouth, y que después del Brexit estaría sujeta a los controles veterinarios, consideró necesario solicitar el levantamiento de la suspensión temporal del PIF. Así, tras una exhaustiva supervisión por parte de los Ministerios de “Agricultura, Pesca y Alimentación”, y “Sanidad Consumo y Bienestar Social” al Puerto de Santander, para valorar la situación de las instalaciones del PIF, de la Terminal de Ferris y de los distintos procedimientos de control oficial, la Autoridad Portuaria elaboró un Plan de Contingencias. En él analiza las consecuencias que un posible Brexit sin acuerdo traerían a la actividad del puerto y recoge las medidas que se han tomado y las acciones necesarias para resolver las contingencias que se pudieran producir.


Actuaciones destacadas

Medidas de mejora y adecuación de las instalaciones del PIF a los requerimientos legales vigentes, entre las que se incluyen la ampliación del edificio, la instalación de registros electrónicos, de equipos de pesaje de mercancía, labores de mantenimiento, etc.


La elaboración de procedimientos y planes de higiene necesarios para garantizar las prácticas correctas de higiene de los productos alimenticios en las instalaciones.


El compromiso para que en el puerto de Santander se preste el servicio comercial de apoyo a las labores del PIF.


El resultado del enorme esfuerzo realizado por parte de la Autoridad Portuaria para que todas las actuaciones requeridas sobre el PIF hayan sido ejecutadas dentro de los plazos establecidos, se ha visto reflejado el pasado 11 de abril. Ese día la Comisión Europea adoptó la decisión de levantar la suspensión temporal del Puesto de Inspección Fronterizo en el puerto de Santander (Decisión de ejecución (UE) 2019/607) lo que supone la recuperación de una instalación fronteriza que permite a Santander ampliar el tipo de mercancía que puede importar de terceros países. 

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