La CNMC ha emitido un informe sobre una propuesta de las autoridades ceutíes que pretende establecer una tarifa máxima para el servicio de transporte marítimo de pasajeros y vehículos en uno de los trayectos (ida y vuelta) al día como condición para poder operar en la línea Ceuta-Algeciras. (PRO/CNMC/002/18).
Actualmente a las tres empresas navieras activas en esta ruta se les impone unas frecuencias mínimas -tres trayectos de ida y vuelta al día- y sus tarifas son libres. En paralelo, se viene licitando un contrato de servicio público para prestar el servicio en esta misma ruta por el que se impone a la adjudicataria unas frecuencias mínimas - trayectos (ida y vuelta), unas tarifas máximas y unas características técnicas del buque.
La CNMC es consciente de las especiales circunstancias derivadas de la situación de la Ciudad Autónoma de Ceuta y de los condicionantes externos que se producen temporalmente, como la operación paso del estrecho. No obstante, a partir de los datos aportados por las autoridades ceutíes realiza estas consideraciones:
En primer lugar, la CNMC recuerda que el servicio de transporte marítimo de cabotaje es una actividad libre en la Unión Europea, por tanto, cualquier intervención pública debe responder a una necesidad real de interés público que el mercado no garantice con la debida suficiencia o calidad. De la evaluación de los datos reseñados, no se puede descartar que exista interés y capacidad de la iniciativa privada para ofrecer el servicio en las condiciones estipuladas en la normativa, lo que debiera llevar a replantear alguna de las medidas de intervención actualmente vigentes. Por ello, se aconseja profundizar en el estudio de las condiciones de la demanda y de la oferta (ya sea en términos de precios, frecuencias mínimas etc.).
En segundo lugar, la propuesta de una tarifa máxima a través de una nueva obligación de servicio público plantea estas consideraciones:
En tercer lugar, la CNMC considera que, de optarse en cualquier caso por intervenir en el mercado para garantizar el servicio a través del mantenimiento de unas obligaciones de servicio público y un contrato de servicio público, se debe mejorar sustancialmente el diseño de éste. Los requisitos y condiciones establecidos en el vigente contrato parecen presentar carencias relevantes, además de un riesgo de inadecuación a la normativa de ayudas de Estado. Estas carencias llevan a cuestionar que el proceso de licitación haya sido suficiente para garantizar la competencia efectiva y adecuado para conseguir el menor coste para la colectividad.
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