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La CNMC publica un informe sobre las subvenciones que recibe el transporte marítimo y aéreo de mercancías en las Islas Canarias

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BoludaPuertodeLaPalma

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Los costes tipo que se deben aplicar para calcular estas subvenciones deberían calcularse tomando como referencia una empresa gestionada de manera eficiente. 

El carácter retroactivo de la medida no es coherente con incentivar a las empresas receptoras de esos fondos para que sean eficientes, ya que por defecto tendrán asegurada la subvención de todos sus costes. 

La CNMC insiste también en comprobar en qué medida los consumidores y clientes directos de estas compañías se están beneficiando de la reducción de costes propiciada por la ayuda.

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La CNMC, a solicitud del Ministerio de Fomento, ha emitido el informe sobre los proyectos de Órdenes Ministeriales por las que se determina el sistema de ayudas con el que se compensa al transporte marítimo y aéreo de mercancías con origen o destino en las Islas Canarias durante el año 2017 (IPN/CNMC/020/18 e IPN/CNMC/021/18).


El sistema de compensaciones al tráfico de mercancías con origen o destino en las Islas Canarias tiene como objeto financiar los sobrecostes que experimenta el tráfico de productos por la lejanía del archipiélago canario de la Península y del resto de la UE.


En este informe, la CNMC analiza unas ayudas que han ido aumentado en los últimos años: en 2009, el 50% de los costes subvencionables, en 2011, el 70%, y en 2017, el 100%. Por otro lado, en la Ley de Presupuestos Generales del Estado de 2018 (LPGE), además, se ha decidido que esta subvención del 100% tenga carácter retroactivo desde el 1 de enero de 2016.


Recomendaciones de la CNMC

La CNMC en este informe recomienda que a la hora de calcular los costes de referencia que marcarán las subvenciones se deberían tomar como referencia los costes de una empresa gestionada de forma eficiente. En la actualidad se tiene en cuenta el coste medio ponderado.


De esta forma, se conseguiría reducir la subvención que recibe el beneficiario final, que tendría más incentivos para contratar el servicio de transporte más eficiente y se generarían efectos pro-competitivos en el sector del transporte.
Por otra parte, el hecho de que los costes subvencionables se reconozcan a ejercicio vencido aumenta el riesgo de que los fondos sean percibidos por sus receptores simplemente como meras subvenciones sin conexión con la actividad.


Por otra parte, las ayudas del 100% para financiar los costes deberían fundamentarse adecuadamente, sin perjuicio de que la Comisión Europea las autorice.


Medida con carácter retroactivo

Además, el carácter retroactivo de la medida no es coherente con incentivar a las empresas receptoras de esos fondos para que sean eficientes, ya que por defecto tendrán asegurada la subvención de todos sus costes. 


La CNMC insiste también en comprobar en qué medida los consumidores y clientes directos de estas compañías se están beneficiando de la reducción de costes propiciada por la ayuda. Los datos de los beneficiarios reflejan una tendencia generalizada al aumento de costes subvencionables. Por ello, es necesario un estudio de costes con información justificativa y no solo descriptiva.


Finalmente, la CNMC recomienda que la normativa nacional prevea prohibir acumular las ayudas a los productos agrícolas con otras ayudas al transporte, sobre todo las del programa general POSEI, aspecto exigido por la Comisión Europea.

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DOCUMENTOS

IPN/CNMC/020/18 e IPN/CNMC/021/18

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