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​Cargadores y transportistas acuerdan una propuesta para la adaptación de la Coordinación de Actividades Empresariales, CAE

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Han consensuado un documento que aborda los motivos por los que es precisa una CAE diferenciada para el sector del transporte en base a que, en la mayoría de las ocasiones, el acceso de un camión a una instalación no presenta ningún riesgo adicional, ya que la entrada y salida constante de vehículos de mercancías en los centros de trabajo entra dentro de la operativa ordinaria.

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El pasado mes de marzo, varias asociaciones de empresas cargadoras, entre las que se encuentra Aeutransmer, junto con representantes de ASTIC y CETM, se reunieron con Joaquín del Moral, Director General de Transporte Terrestre, y Alicia Rubio, Subdirectora General de Inspección, para trasladarles la necesidad de mejorar el marco legal del R.D. 171/2004 de Coordinación de Actividades Empresariales (CAE) para la Prevención de Riesgos Laborales, en su aplicación al transporte de mercancías.


Por tratarse de una norma de carácter general, este Real Decreto no tiene en cuenta las especificidades del sector del transporte, por lo que resulta necesario establecer directrices que simplifiquen y hagan más eficientes las obligaciones derivadas de la CAE para todos los implicados, garantizando a su vez el riguroso cumplimiento de los objetivos de seguridad.


Aunque el citado R.D. no es competencia del Ministerio de Fomento, Del Moral se comprometió a respaldar esta petición ante la Subdirección para la Coordinación en Materia de Prevención de Riesgos Laborales del Ministerio de Empleo y Seguridad social, y solicitó a los sectores la redacción de una propuesta de modificación para trasladarlo a esa administración.


Tras varias sesiones de trabajo, cargadores y transportistas han consensuado un documento que aborda los motivos por los que es preciso una CAE diferenciada para el sector del transporte en base a que, en la mayoría de las ocasiones, el acceso de un camión a una instalación no presenta ningún riesgo adicional, ya que la entrada y salida constante de vehículos de mercancías en los centros de trabajo entra dentro de la operativa ordinaria.


Entre las propuestas acordadas por cargadores y transportistas se encuentra la necesidad de diferenciar, a efectos de comunicación de riesgos, de responsabilidades y de intercambio de información, los casos en que el transportista no interviene en la carga y descarga; los casos en que el transportista interviene en las operaciones de carga y descarga utilizando equipos o instrumentos propios, y los casos en los que el transportista interviene en las operaciones de carga y 

descarga utilizando equipos o instrumentos cedidos por la instalación.


Para dar respuesta al planteamiento anterior, se propone también modificar el Real Decreto del CAP para que, además de la formación sobre los riesgos generales de la profesión, incorpore la formación específica en las operaciones que realice el conductor, tales como asegurar cargas, operar equipos (carretillas manuales o motoras), etc.


En relación a la información de riesgos, la filosofía de la propuesta es la de trasladar al titular del centro, que es quién mejor conoce los riesgos existentes en su instalación, la labor de información antes de la entrada en planta, restando relevancia al intercambio documental sobre el que pone el foco actualmente la CAE.

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