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Enmiendas al acuerdo sobre transporte internacional de mercancías perecederas

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Afectan, principalmente, al procedimiento relativo al muestreo y medición de las temperaturas para el transporte de mercancías perecederas refrigeradas, congeladas y ultracongeladas.

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El Consejo de Ministros celebrado el pasado viernes ha tomado conocimiento de la entrada en vigor de las Enmiendas al Acuerdo sobre transportes internacionales de mercancías perecederas y sobre vehículos especiales utilizados en esos transportes.


España se adhirió en el año 1972 al mencionado Acuerdo, que entró en vigor en noviembre de 1976. Su objetivo principal es establecer unas condiciones homologadas de conservación de las mercancías perecederas durante su transporte, con el fin de garantizar el mantenimiento de su calidad durante las operaciones de transporte internacional.


El Acuerdo establece un mecanismo específico por el que se podrán realizar enmiendas al texto del acuerdo a propuesta del Comité de Transportes Interiores de la Comisión Económica para Europa de Naciones Unidas. Este Comité se reunió del 6 al 9 de octubre de 2015 en su 71ª sesión y propuso una serie de enmiendas que afectan, principalmente, al procedimiento relativo al muestreo y medición de las temperaturas para el transporte de mercancías perecederas refrigeradas, congeladas y ultracongeladas. Dichas enmiendas entraron en vigor el 6 de enero de 2018 para todos los Estados parte del Acuerdo.

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