Se permitirá que los vehículos que utilicen la energía eléctrica para el transporte de mercancías no requieran autorización aunque superen las 2 toneladas de Masa Máxima Autorizada (MMA) que se exige a un vehículo convencional, pudiendo llegar hasta las 2,5 toneladas. Con esta modificación legislativa, se elimina la penalización que suponía para estos vehículos el sobrepeso que suponen las baterías, que les obligaba a reducir su carga útil o someterse a requisitos de vehículos de mayores dimensiones.También se modifican los criterios de corrección del examen para ser gestor de transporte y la composición de los tribunales para obtener el Certificado de Aptitud Profesional (CAP), así como los requisitos de antigüedad que se exigen a los vehículos dedicados al transporte de mercancías.