Libre circulación de los marinos

El BOE publica hoy la orden que confirma sin lugar a dudas la libre circulación de los marinos

La nueva Orden determina que, mientras dure el Estado de Alarma, “los tripulantes de los buques podrán circular por territorio español o cruzar las fronteras interiores y exteriores, para regresar a su lugar de residencia, embarcar o desembarcar de un buque que se encuentre en puerto español o extranjero”.