canon de ocupación y aprovechamiento

El MITECO adapta la gestión del canon de ocupación y aprovechamiento del Dominio Público Marítimo Terrestre a las restricciones impuestas por la situación de emergencia sanitaria

Los titulares de las concesiones y autorizaciones en Dominio Público Marítimo Terrestre no abonarán al Estado la parte del canon correspondiente a los períodos en los que se haya impuesto el cese total de la actividad, y tendrán derecho a una adaptación porcentual del canon según las limitaciones que hayan sufrido.