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El Gobierno aprueba normas adicionales para la seguridad de las explotaciones de hidrocarburos en el mar

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20160812plataformaSSVCatarina

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La norma impone importantes requisitos de seguridad adicionales a las explotaciones de hidrocarburos en el mar y exige a los operadores la aplicación de las mejores prácticas a nivel mundial. 

Se crea la Autoridad Competente para la Seguridad en las Operaciones Marinas en materia de hidrocarburos (ACSOM) que supervisará esta actividad para garantizar la máxima seguridad.

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El pasado viernes el Consejo de Ministros aprobó un real decreto-ley por el que se traspone la Directiva 2013/30/UE sobre la seguridad de las operaciones relativas al petróleo y al gas mar adentro. El objetivo de este decreto es, según el Gobierno, garantizar la seguridad del diseño y de las actividades de investigación y explotación de hidrocarburos en el medio marino.


El real decreto-ley establece una batería de obligaciones a los operadores para la reducción sistemática de los riesgos, entre ellas, la elaboración de un informe sobre riesgos de accidentes graves actualizado en el que se contará con la participación de los trabajadores. Asimismo, se exige que un tercero independiente al operador verifique todos los elementos críticos para la seguridad del operador.


España acumula en estos momentos un retraso en la transposición de la Directiva 2013/30/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de junio de 2013, sobre seguridad de las operaciones relativas al petróleo y al gas mar adentro, y que modifica la Directiva 2004/35/CE, que debería haber sido transpuesta al ordenamiento interno antes del 19 de julio de 2015. Su incorporación al ordenamiento jurídico interno requiere al menos una norma con rango de ley, cuya demora implica un riesgo de multa con base en lo establecido en el artículo 260.3 del TFUE.


Ante la gravedad de las consecuencias de seguir acumulando retraso en la incorporación al ordenamiento jurídico español de la citada directiva, tal como recoge el BOC, "resulta necesario acudir a la aprobación de un real decreto-ley para proceder a su transposición, lo que permitirá cerrar los procedimientos de infracción abiertos y con ello evitar la imposición de sanciones económicas a España".


Además, la norma recoge la creación de la Autoridad Competente para la Seguridad en las Operaciones Marinas en materia de hidrocarburos (ACSOM) cuya función esencial será garantizar que la explotación de hidrocarburos se realiza con la máxima seguridad. Entre sus funciones, destaca las de supervisión, inspección, cooperación en investigaciones, instrucción de expedientes sancionadores, así como la validación del informe de riesgos graves de accidente.


El real decreto-ley dota a la ACSOM de amplios poderes para poder cumplir su función con eficacia y así, podrá paralizar o prohibir los trabajos si las medidas propuestas por el operador en lo relativo a la seguridad de las instalaciones o de las operaciones se consideran insuficientes.


La ACSOM puede oponerse al otorgamiento de un permiso de investigación o de una concesión de explotación si considera que el solicitante no reúne tiene capacidad técnica y económica suficiente.


El Ministerio de Fomento, en cooperación con todos los agentes y administraciones implicados, elaborará un plan externo de emergencia que abarcará el conjunto de instalaciones en medio marino, donde se especificará el cometido y las obligaciones financieras de los concesionarios y los operadores. Además, se organizarán periódicamente ejercicios y simulaciones de situaciones de emergencia.


Por último, se establece la publicación de informes e información sobre el desarrollo de estas actividades que estarán públicamente disponibles, en línea con las políticas de transparencia del Gobierno.

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REAL DECRETO LEY por el que se establecen disposiciones de seguridad en la investigación y explotación de hidrocarburos en el medio marino.

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