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Resuelto el expediente de la Operación Sparrow 2 con una sanción de 5,3 millones de euros

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Se impone también la inhabilitación para el ejercicio de actividades pesqueras y la prohibición de obtener subvenciones y ayudas públicas.


La actuación de los Servicios de Inspección del Ministerio permitió descubrir la existencia de un entramado empresarial dirigido a ocultar la propiedad, gestión y explotación de buques identificados por participar en pesca Ilegal, no Declarada y no Reglamentada (pesca INDNR).


La Resolución pone de manifiesto la firme voluntad de España de luchar contra la pesca INDNR.


El Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente ha resuelto el expediente sancionador 1/2016/SGP, iniciado a raíz de la Operación SPARROW 2, que conlleva una sanción económica superior a los 5 millones de euros. Esta Operación permitió, previa autorización judicial, la inspección de las sedes de varias empresas en las provincias de A Coruña y Pontevedra, los días 28, 29 y 30 de julio de 2015.


Durante dichas actuaciones, desarrolladas por los servicios de inspección del Ministerio, se obtuvo abundante documentación de cuyo análisis se dedujo la existencia de un entramado empresarial presuntamente dirigido a ocultar a las autoridades españolas la propiedad, gestión y explotación de los buques Viking y Seabull 22.


Ambos buques habían sido identificados por diversos organismos internacionales, como las Comisiones para la Conservación de los Recursos Vivos Marinos Antárticos o en el Atlántico Suroriental como buques implicados en pesca INDNR. Por este motivo, en el año 2010 ambos buques fueron incluidos en la lista comunitaria de buques de pesca INDNR.


Con el objeto de obstaculizar la persecución de sus actividades, además de utilizar empresas interpuestas de distintas nacionalidades, los responsables cambiaban habitualmente el nombre de los buques. Así, el buque Vinking también ha utilizado los nombres Octopus I, Berber Snake, Pion, The Bird, Chu Lim, Yin Peng, Thor 33, Ulyses, Gale, South Boy o Piscis, mientras que al Seabul 22 también se le conoce como Itziar II, Carmela, Gold Dragon, Golden Sun, Notre Dame, Mare o Mare Serenitatis.


En la actualidad, ambos buques se encuentran inoperativos gracias a la colaboración internacional. En concreto, el buque Viking fue hundido por las autoridades indonesias frente a sus costas, mientras que el buque Seabull 22 fue desguazado en Cabo Verde.


SANCIONES


La Resolución sancionadora ha declarado responsables a las personas jurídicas españolas participantes del entramado (CAPENSIS TRADE SL, WORLD OCEAN FISHING SL, INSUABELA SL, BAYMARTEN INVERSIONS SL, GLOBAL SEA TRADING SL y LASTIFF SL), así como a 6 personas físicas vinculadas a éstas, responsables de varias infracciones por mantener relaciones de diversa naturaleza con estos buques, prohibidas tanto por la normativa nacional como por la comunitaria y la internacional.


Estas sanciones alcanzan un total de 5.270.002 euros, a las que se unen las sanciones de inhabilitación para el ejercicio de actividades pesqueras que van entre los 5 y los 14 años, y la prohibición de obtener subvenciones y ayudas públicas que van entre los 5 y los 12 años.


Además, se sanciona también a una de las personas físicas implicadas por obstrucción a las labores de inspección y destrucción de documentos, con una multa de 60.000 euros.


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LUCHA CONTRA LA PESCA ILEGAL


La pesca INDNR es una de las mayores amenazas para la explotación sostenible de los recursos acuáticos vivos y es una gran amenaza para la biodiversidad marina. Por este motivo, el derecho comunitario prohíbe expresamente que los nacionales de los Estados Miembros presten cualquier tipo de ayuda a la pesca INDNR, o se beneficien directa o indirectamente de la actividad de los buques incluidos en la lista comunitaria de buques de este tipo de actividad pesquera.


Ante dichas prácticas, ha resultado clave el cambio normativo realizado por la Ley 33/2014 que refuerza las competencias del Ministerio en la lucha contra la pesca INDNR al permitir la realización de inspecciones fuera de los buques y de las instalaciones de carácter estrictamente pesquero, previa obtención de autorización judicial cuando así fuese oportuno.


Esta Resolución pone de manifiesto, una vez más, la firme voluntad de España de luchar contra la pesca ilegal, mediante el control de los buques de bandera española, sus aguas, sus puertos y las importaciones de productos de la pesca procedentes de terceros países.


También mediante el ejercicio de su responsabilidad sobre todos sus nacionales, ya se trate de personas físicas o jurídicas, evitando cualquier tipo de participación o de apoyo a la Pesca INDNR por parte de éstos, utilizando para ello todos los instrumentos que la legislación española, comunitaria e internacional pone a su disposición.


Se continúa así la senda marcada con la Operación Sparrow, que desembocó en un expediente sancionador por el que el Ministerio impuso sanciones por un valor superior a 17 millones de euros, así como inhabilitaciones para el ejercicio de actividades pesqueras de entre 5 y los 23 años. También se impuso la prohibición de obtener subvenciones y ayudas públicas durante periodos que van entre los 5 y los 26 años, por la vinculación de personas físicas y jurídicas españolas con los buques Kunlun, Yongding, Songhua y Tiantai.

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