Hace ahora 50 años, en marzo de 1967, el derrame de petróleo causado por el petrolero Torrey Canyon al encallar cerca las Islas Sorlingas puso de manifiesto la necesidad de un acuerdo internacional sobre responsabilidad e indemnización para accidentes de esta magnitud.
En su amplia exposición, Maura ofreció una visión general sobre el marco histórico en el que se crearon los FIDAC, el papel de los mismos y su financiación; el funcionamiento del sistema de indemnización y los criterios para determinar las reclamaciones admisibles; los Estados miembros, tanto del Convenio del Fondo de 1992 como del Fondo Complementario, etc. Todo ello ampliamente ilustrado con ejemplos prácticos de casos reales.
Al final de la presentación tuvo lugar un amplio debate entre los asistentes sobre las dificultades que se vienen presentando para la entrada en vigor del Convenio HNS de la OMI, que establece un sistema similar a los FIDAC para otras sustancias nocivas y potencialmente peligrosas.
La presentación que sirvió de soporte a la intervención de José Maura se puede descargar en el siguiente enlace.
Los FIDAC son dos organizaciones intergubernamentales (el Fondo de 1992 y el Fondo Complementario) que facilitan la indemnización de los daños debidos a derrames de hidrocarburos persistentes procedentes de petroleros.
Hace ahora 50 años, en marzo de 1967, el derrame de petróleo causado por el petrolero Torrey Canyon al encallar cerca las Islas Sorlingas puso de manifiesto la necesidad de un acuerdo internacional sobre responsabilidad e indemnización para accidentes de esta magnitud. Bajo los auspicios de la Organización Marítima Internacional (OMI) y en el marco del convenio internacional de responsabilidad civil de 1969, se constituyó el convenio del Fondo de 1971 para indemnizar a los perjudicados por los vertidos de hidrocarburos procedentes de buques tanque. Este convenio se revisó y se amplía en 1992, tras el accidente del Erika y, en 2003, tras el caso del Prestige se añade un nuevo instrumento, el Fondo Complementario que aumenta la capacidad de indemnización.
El sistema de indemnización vigente hoy en día consta de tres escalones:
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