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La OMI advierte contra la inclusión de los buques en el régimen de comercio de derechos de emisión de la UE

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Emissionspressbriefing2017

“Me preocupa que la decisión definitiva no solo sea prematura, sino que pueda repercutir en la labor de la OMI para abordar las emisiones de GEI procedentes del transporte marítimo internacional. Dicha inclusión puede poner en riesgo de forma significativa los esfuerzos mundiales realizados hasta la fecha”, dijo el Sr. Lim.


El Secretario General Kitack Lim se ha dirigido por escrito a los principales dirigentes de la Unión Europea para manifestar su preocupación sobre la inclusión del transporte marítimo internacional en el régimen de comercio de derechos de emisión de la UE (RCDE UE), ya que podría socavar los esfuerzos realizados para reducir los gases de efecto invernadero (GEI) procedentes del transporte marítimo en todo el mundo.


En una carta enviada a Martin Schulz (Presidente del Parlamento Europeo), Jean-Claude Juncker (Presidente de la Comisión Europea) y Donald Tusk (Presidente del Consejo de Europa), el Sr. Lim reconoce que si bien la Unión Europea ha elaborado una política ambiciosa para abordar las emisiones, así como que es comprensible que los Estados Miembros quisiesen incrementar los progresos realizados hasta la fecha, sería contraproducente la ampliación del RCDE UE a los buques. "Me preocupa que la decisión definitiva no solo sea prematura, sino que pueda repercutir en la labor de la OMI para abordar las emisiones de GEI procedentes del transporte marítimo internacional. 


Dicha inclusión puede poner en riesgo de forma significativa los esfuerzos mundiales realizados hasta la fecha", dijo el Sr. Lim.


La carta se envió tras el acuerdo realizado el pasado 16 de diciembre de 2016 por el Comité de medio ambiente del Parlamento Europeo, según el cual las emisiones de los buques deberían incluirse en el RCDE UE a partir del 2023, si la OMI no pone en marcha una medida mundial para reducir las emisiones producidas por el transporte marítimo internacional en 2021.


La OMI es el organismo especializado de las Naciones Unidas encargado de la elaboración de normas internacionales sobre seguridad y protección marítimas y protección del medio marino. Sus esfuerzos para abordar las emisiones de gases de efecto invernadero procedentes de los buques han alcanzado una fase avanzada. En 2011, la OMI se convirtió en el primer organismo internacional en adoptar medidas de eficiencia energética obligatorias para un sector con una serie completa de prescripciones técnicas y operacionales para los buques nuevos y existentes, que entró en vigor en 2013.


En octubre de 2016, se adoptó un sistema de recopilación de datos sobre consumo de combustible de los buques que tendrá carácter obligatorio y se aplicará en todo el mundo. Se trata del primer paso de un planteamiento de tres etapas en el que el análisis de los datos recopilados permitirá tomar una decisión informada sobre si es necesario adoptar medidas obligatorias adicionales para mejorar la eficiencia energética y hacer frente a las emisiones de gases de efecto invernadero procedentes del transporte marítimo internacional. En caso afirmativo, se examinarán las opciones de políticas propuestas.


El MEPC también aprobó una hoja de ruta (de 2017 a 2023) para la elaboración de una "Estrategia detallada de la OMI sobre la reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero procedentes de los buques". Esta hoja de ruta prevé que la estrategia inicial se adoptará en 2018.


Estas medidas se acordaron por consenso por todos los Estados Miembros de la OMI, incluidos los Estados Miembros de la Unión Europea. El Sr. Lim en su carta, afirma que esto no sólo demuestra el liderazgo de la OMI y el papel que asume como órgano mundial para el desarrollo y la implantación de las prescripciones para el transporte marítimo internacional, sino que también reafirma que la Organización es el único órgano adecuado para seguir adelante con esta labor y lograr la cooperación de todos los gobiernos representados en la OMI, incluidos los Estados Miembros de la UE. "Para lograr este tipo de cooperación política, es importante asegurarse de que todos los países actúan juntos y garantizar así que ninguno se queda atrás", señaló el Secretario General.


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El Sr. Lim dijo que, en su opinión, las medidas unilaterales o regionales que contravengan o socaven otras medidas que han sido cuidadosamente examinadas y deliberadas por la comunidad internacional en la OMI ponen en peligro la confianza mundial en el sistema de reglamentación coherente y uniforme elaborado por la Organización. Además, según el Secretario General, este tipo de medidas perjudican el objetivo de la comunidad internacional en sentido amplio para mitigar las emisiones mundiales de GEI procedentes de los buques y no concuerdan con los objetivos generales del Acuerdo de París.


El Acuerdo de París de 2015 no hace ninguna referencia a las emisiones procedentes del transporte marítimo internacional, debido a la naturaleza mundial del sector y la dificultad para asignar las emisiones de un buque a un solo estado. No obstante, como el Sr. Lim puso de relieve, la labor de la OMI sobre el control de las emisiones indica que se están tomando medidas severas. La Organización prosigue con su misión para lograr una solución completamente global para el transporte marítimo internacional mediante la cooperación entre todos sus Estados Miembros, incluidos miembros de la Unión Europea.


La decisión adoptada por el Consejo de la OMI, a comienzos de diciembre de 2016, de autorizar otras dos reuniones adicionales de un Grupo de trabajo del MEPC sobre reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero procedentes de los buques en 2017 (la primera de ellas se celebrará el 26 a 30 de junio) permitirá seguir avanzando e ilustra la importancia y urgencia de la OMI concede a esta cuestión. En paralelo, la OMI continuará centrando sus esfuerzos para prestar asistencia en este aspecto a los países en desarrollo a través de proyectos de creación de capacidad sobre la eficiencia energética de las operaciones del buque.

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