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La Autoridad Portuaria de Las Palmas pone orden en Marpol V

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Puerto de las palmas   buques perforadores

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Puertos de Las Palmas está decidida a erradicar el posible cobro fraudulento de cantidades a cuenta del servicio Portuario de recogida y recepción de desechos generados por buques, correspondientes al Marpo V

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El presidente de la Autoridad Portuaria de Las Palmas, Luis Ibarra, ha declarado a este medio que existe un desfase real entre los volúmenes declarados y lo realmente entregado de estos desechos generados por los buques recogidos en la categoría denominada Marpol V, por lo que el Puerto se va a tomar muy en serio la verificación de esta situación para evitar la picaresca y el posible cobro fraudulento de cantidades que no son reales. "Y si tenemos que sancionar a las empresas prestatarias del servicio o a los operadores que participen en esta situación, lo haremos, al igual que si tenemos que retirar una licencia, también lo llevaremos a cabo".


La Autoridad Portuaria está obligada a abonar a las empresas titulares de licencia del Servicio Portuario de Recepción de Desechos (Marpol V) generados por buques la tarifa establecida en el pliego por los servicios efectivamente prestados y los volúmenes efectivamente recogidos.


Hay que destacar que el consejo de administración del ente portuario de Las Palmas rechazó los cinco recursos de alzada interpuestos por operadores y prestadores del servicio Marpol V, el dedicado a la recepción de desechos de los buques, a las que les han comunicado que no se les abonará una parte de las facturas presentadas, hecho que ocasionó la presentación de los recursos, por haberse detectado un desfase importante entre lo declarado y lo realmente entregado por los buques. La decisión estuvo sustentada en que contrastando las declaraciones de los capitanes a su llegada al puerto con los datos reflejados en el documento único de escala (DUE) pusieron de manifiesto diferencias importantes, por lo que Puertos de Las Palmas se atendrá al reglamento que le permite acogersese a lo estipulado en el reglamento y abonar en base a las declaraciones del capitan antes de entrar a puerto.


Ante la sospecha de que esta situación se venía produciendo en el Puerto de Las Palmas, durante los años 2019 y 2020 se llevaron a cabo sendas campañas de tres meses de duración, a través de una empresa consultora externa especializada en este tipo de trabajos, en combinación con la Policía Portuaria, comprobando importantes desfases entre lo declarado y la realmente recogido de los buques. En ambas campañas se comprobó la necesidad y efectividad de llevar a cabo una inspección presencial y especializada de la recogida tanto desde el punto de vista medioambiental como para comprobar que la operativa se realiza de acuerdo con las Prescripciones Particulares del Servicio Portuario de Recepción de Desechos Generados por Buques, en concreto, los correspondientes al Marpol V en el puerto de Las Palmas.  Estas inspecciones se han llevado a cabo a finales del año 2020, constatando lo que ya se había detectado durante la auditoría.


El puerto calcula que estos desfases rondan el medio millón de euros anuales, por lo que su labor de vigilancia y control se hace necesario para evitar esta pérdida económica de las arcas portuarias.


Esta situación se verá erradicada una vez que se apruebe el nuevo pliego se servicios de recogida de resíduos que en estos momentos prepara la Autoridad Portuaria y que está previsto que este año se inicie el trámite con Puertos del Estado, como ya anunció el presidente al inicio de su mandato como prioridades en el conjunto de pliegos de servicios, de los que ya están aprobados el de remolque y el de amarre, y se está trabajando en el de pranticaje, junto a este de resíduos.

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Anexo V

El Anexo V trata de los distintos tipos de basuras y especifica las distancias desde tierra y la manera en que se pueden evacuar; la característica más importante del anexo es la total prohibición impuesta al vertido en el mar de toda clase de plásticos. 


Marpol Anexo V: basuras sólidas de los buques


  • Desechos de alimentos, plásticos, desechos de faenas domésticas.
  • Residuos de cocina: residuos alimenticios incluido el aceite de cocina usado, procedentes de restaurantes, servicios de comidas y cocinas, con inclusión de las cocinas centrales y las cocinas domésticas.
  • Desechos relacionados con la carga (maderas de estiba, puntales, paletas, solera y materiales de embalaje, madera contrachapada, papeles, cartones, alambres, clavos y flejes de acero).
  • Desechos resultantes del mantenimiento (hollín, depósitos formados en las máquinas, raspaduras de pintura, barreduras de las cubiertas, restos de limpieza, trapos, etc.). Estos desechos pueden estar en algunos casos contaminados por sustancias, tales como hidrocarburos o productos químicos tóxicos, recogidas por otros anexos u otras leyes sobre prevención de la contaminación. En tales casos tendrán preferencia las prescripciones sobre eliminación más rigurosa (directrices del Anexo V, punto 4.6.3).
  • Cenizas y escorias procedentes de los incineradores y calderas de carbón a bordo, quedando incluidas en la expresión todas las demás basuras.
  • Residuos de la carga (restos de cualquier material de carga que se encuentren a bordo, en bodegas de carga o tanques, y que permanezcan en el buque una vez completados los procedimientos de descarga y operaciones de limpieza, excepto cuando esos residuos sean sustancias definidas o enumeradas en otros anexos).

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