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Los cruceros internacionales podrán llegar a puertos españoles a partir del 7 de junio

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PuertosdeTenerifeCinco cruceros

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El BOE publica hoy la Resolución de Marina Mercante, por la que se adoptan medidas sanitarias para los buques de pasaje tipo crucero y se deja sin efectos la Resolución de 23 de junio de 2020

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El Boletín Oficial del Estado publica hoy la Resolución de la Dirección General de la Marina Mercante, por la que se adoptan medidas sanitarias para los buques de pasaje tipo crucero y se deja sin efectos la Resolución de 23 de junio de 2020, por el que se establecen medidas restrictivas a los buques de pasaje tipo crucero, para afrontar la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, y que permitirá el regreso de los cruceros internacionales a los puertos españoles a partir del 7 de junio de 2021. Eso sí, cumpliendo las medidas recogidas en el documento de «Medidas sanitarias para el restablecimiento de los cruceros internacionales» del Ministerio de Sanidad, que garanticen la seguridad sanitaria en los puertos españoles.


El 23 de junio de 2020, como consecuencia de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, se prohibió la entrada en puertos españoles de los buques de pasaje de tipo crucero que realizasen viajes internacionales y navegasen por aguas del mar territorial con objeto de entrar en los puertos abiertos a dicho tipo de navegación. 


La evolución favorable en la contención de la pandemia permite la modificación progresiva de las limitaciones que se establecieron, sin dejar de adoptar medidas de prevención, contención y coordinación frente a la crisis sanitaria provocada por dicha pandemia.


La evolución positiva en las últimas semanas de la pandemia a nivel europeo, de donde proceden la mayoría de los pasajeros de cruceros internacionales con escala en puertos españoles, así como el aumento de las coberturas de vacunación contra el SARS-CoV-2 y la disminución del nivel de riesgo de las Comunidades Autónomas con puertos susceptibles de recibir este tipo de buques, permiten el reinicio de la actividad de los buques de pasaje de tipo crucero que realicen viajes internacionales y tengan por destino puertos españoles. 


Se considera que esta actividad se producirá con seguridad, tanto para los pasajeros de los cruceros como para la población de las localidades donde están ubicados los puertos que visitan.


En este sentido, el documento de «Medidas sanitarias para el restablecimiento de los cruceros internacionales» del Ministerio de Sanidad, incluye las medidas que deberán implementar los buques de pasaje tipo crucero que pretendan realizar trayectos internacionales visitando puertos españoles, para la prevención de eventos relacionados con la emergencia sanitaria por COVID-19 y para llevar a cabo una gestión adecuada en caso de producirse.


Medidas sanitarias 

Medidas sanitarias que garanticen la actividad de los buques de pasaje tipo crucero que realicen viajes internacionales cuando entren en los puertos españoles, para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.


Los buques de pasaje de tipo crucero que realicen viajes internacionales y naveguen por aguas del mar territorial con objeto de entrar en los puertos españoles abiertos a la navegación internacional cumplirán con las condiciones recogidas en el documento de «Medidas sanitarias para el restablecimiento de los cruceros internacionales» del Ministerio de Sanidad.

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MEDIDAS SANITARIAS PARA EL RESTABLECIMIENTO DE LOS CRUCEROS INTERNACIONALES

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