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Puertos de Las Palmas regula la seguridad en las maniobras de atraque y desatraque de buques en las terminales de contenedores

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Puerto de Las Palmas   2020

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Tiene por objeto establecer unas directrices de actuación a las diferentes terminales de mercancías en cuanto al posicionamiento de sus grúas pórtico, así como de los brazos de las mismas

A partir del próximo día 15 de enero entra en vigor la instrucción

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El director de la Autoridad Portuaria de Las Palmas, Francisco Trujillo, firma hoy una instrucción sobre la "Seguridad en las maniobras de atraque y desatraque de buques en las terminales de contenedores de los puertos gestionados por la Autoridad Portuaria de Las Palmas en relación a la posición de las grúas pórtico


Desde las últimas décadas del pasado siglo XX el Puerto de Las Palmas ha jugado un papel de especial relevancia como “hub” internacional especializado entre otros en el tráfico y trasbordo de mercancías containerizadas.


Este hecho ha posibilitado que los puertos gestionados por la Autoridad Portuaria de Las Palmas cuenten con diferentes terminales especializadas en la manipulación de este tipo de mercancías contribuyendo de esta forma a la diversificación de tráficos y posibilitando la incorporación progresiva de nuevos operadores y líneas de negocio.


A su vez, el aumento progresivo del número de escalas de este tipo de buques unido al crecimientogeneralizado de las esloras de los buques portacontenedores que recalan a nuestros puertos, hacen necesario por razones de seguridad, eficiencia y calidad, protocolizar el posicionamiento de las grúas pórtico ubicadas en las diferentes terminales de mercancías.


Puerto de Las Palmas   Opcsa   MSC


La presente Instrucción tiene por objeto establecer unas directrices de actuación a las diferentes terminales de mercancías en cuanto al posicionamiento de sus grúas pórtico , así como de los brazos de las mismas, de tal forma que se garantice tanto la seguridad de los buques durante sus maniobras de atraque y desatraque, como la del personal adscrito al servicio portuario de manipulación mercancías interviniente en las operativas.


Puerto de Las Palmas   La Luz Terminal de Contenedores   Boluda


Será de aplicación en cada uno de los puertos de interés general gestionados por esta Autoridad Portuaria a todas las terminales de mercancías, tanto públicas como de uso particular, otorgadas en régimen de concesión administrativa que se encuentren dotadas de grúas pórtico u análogas para la manipulación de mercancías containerizadas.


Durante las maniobras de aproximación, atraque/desatraque de los buques a las terminales de mercancías incluidas dentro del ámbito de aplicación de la presente instrucción, las grúas

pórtico u análogas adscritas a las mismas, que se encuentren en el espacio de muelle/zona de maniobra en la que se va a realizar la maniobra de atraque/desatraque o, inmediatamente próximas, se mantendrán estáticas, con los brazos levantados en posición vertical y trincados.


Las averías y labores de mantenimiento/reparación acaecidas en las grúas pórtico u análogas serán comunicadas a la Autoridad Portuaria y al Servicio de Ordenación, Coordinación y Control del Tráfico Marítimo Portuario y de Coordinación de las Operaciones asociadas a los Servicios Portuarios Técnico Náuticos. La ubicación y posición de los brazos de las grúas pórtico u análogas en esta situación será tal que no interfiera en la normal operativa portuaria conforme a lo establecido en los puntos anterior y siguiente del presente artículo y en todo caso, atendiendo a criterios de seguridad y prevención de riesgos.


En el supuesto de terminales de mercancías adyacentes e incluidas ambas dentro del ámbito de aplicación de la presente instrucción, con carácter general e incluso durante sus periodos de mantenimiento y reparación y a excepción de las operativas de carga y descarga realizadas por cada una de las grúas pórtico u análogas a o desde los respectivos buques en operación, las mismas quedarán ubicadas en el extremo opuesto al límite concesional colindante entre ambas terminales.


Entrada en vigor

La presente Instrucción entrará en vigor el día 15 de Enero de 2021, o bien el día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de La Provincia de Las Palmas, si esta fecha fuese posterior.

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