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Puertos de Tenerife aprueba su nuevo pliego del servicio del remolque

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Puertos de Tenerife   Remolcador

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El pliego establece la obligatoriedad de disponer de 4 remolcadores, dos en el Puerto de Tenerife, uno en el Puerto de La Palma, y el cuarto, aunque con base en el Puerto de Tenerife, atenderá los puertos de Los Cristianos, La Gomera y La Estaca. 

El pliego ya incluye a la dársena de Granadilla y por tanto la regulación de dicho servicio en la misma.

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El Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Santa Cruz de Tenerife, reunido este miércoles en sesión ordinaria aprobó el nuevo pliego de prescripciones particulares del servicio portuario de remolque en los puertos adscritos a la Autoridad Portuaria de Santa Cruz de Tenerife: Puerto de Tenerife (incluye Granadilla), Los Cristianos, Santa Cruz de La Palma, San Sebastián de La Gomera y La Estaca.


En el documento se regulan, entre otros aspectos, el número de remolcadores por puerto, sus obligaciones como servicio público, condiciones de la prestación, tarifas y características técnicas de los remolcadores, en las que se insta a la empresa prestadora a desarrollar su actividad haciendo uso, en la medida de lo posible, de energías renovables.


Ahora, el nuevo pliego de prescripciones particulares deberá ser publicado en el Boletín Oficial del Estado, para su entrada en vigor, a los tres meses desde su publicación.


Requisitos fundamentales

El pliego establece la obligatoriedad de disponer de 4 remolcadores, dos en el Puerto de Tenerife, uno en el Puerto de La Palma, y el cuarto, aunque con base en el Puerto de Tenerife, atenderá los puertos de Los Cristianos, La Gomera y La Estaca.


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Los prestadores cumplirán la normativa social y laboral española, incluyendo las disposiciones de los convenios colectivos aplicables, los requisitos relativos a la tripulación y los requisitos relativos a los períodos de trabajo y de descanso de la gente de mar, y el cumplimiento de las normas aplicables en materia de inspección de trabajo.

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