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Marina Mercante y Asecob avanzan en los mecanismos del Registro Nacional de Consignatarios

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A través de un convenio, se establece el mecanismo de colaboración entre la Dirección General de la Marina Mercante y la Asociación Española de Consignatarios de Buques (ASECOB) para facilitar la inscripción de los consignatarios que fueran miembros de la misma.

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El Boletín Oficial del Estado del pasado lunes 22 de junio publica el convenio suscrito por la Dirección General de la Marina Mercante y la Asociación Española de Consignatarios de Buques (Asecob) para facilitar la inscripción en el Registro de Consignatarios.


Ambos organismos tienen una decidida voluntad de cooperación dentro de sus respectivas áreas funcionales, motivo por el cual firmaron el pasado octubre este convenio.


El Real Decreto 131/2019, de 8 de marzo, por el que se desarrolla la obligación de consignación de buques, incluye entre sus previsiones la creación del Registro de Consignatarios, cuya finalidad es facilitar el acceso de los armadores y navieros a sus servicios y el control del cumplimiento de los requisitos que les sean exigidos por las normas.


El convenio ha sido sucrito  por el director general de la Marina Mercante del Ministerio de Fomento, Benito Núñez Quintanilla, y por el presidente de la Asociación Española de Consignatarios de Buques (ASECOB), Julio Carrasco Valdés. El acuerdo se ha fijado con una duración de dos años con posibilidad de una prórroga por otros dos.


En detalle, el convenio tiene por objeto establecer el mecanismo de colaboración entre  la Dirección General de la Marina Mercante y la Asociación Española de Consignatarios de Buques (ASECOB) para facilitar la inscripción de los consignatarios que fueran miembros de la misma.


La Dirección General de la Marina Mercante se compromete a la puesta en funcionamiento y mantenimiento del Registro de Consignatarios, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 8 del Real Decreto 131/2019, de 8 de marzo, por el que se desarrolla la obligación de consignación de buques.


Además, Marina Mercante facilitará el soporte digital donde constarán los datos a facilitar al Registro de Consignatarios.


Por su parte, Asecob se compromete a recabar los datos necesarios para su inscripción en el Registro de Consignatarios entre sus asociados en la forma que se determine por la Dirección General de la Marina Mercante, para facilitar el tratamiento de los mismos.


Además, la patronal de los consignatarios llevará a cabo la comprobación de que la documentación facilitada por sus asociados está completa y va acompañada de la documentación correspondiente.


Los datos que se facilitarán serán accesibles en el Registro de Consignatarios. Se aportarán en  el soporte digital que proporcione la Dirección General de la Marina Mercante, y para su publicidad serán, para cada consignatario, los relativos a su denominación, domicilio o sede social, contacto telefónico y dirección electrónica y los puertos en los que estén autorizados para desarrollar su actividad.


El convenio establece los datos que no serán públicos en el Registro de Consignatarios. De manera separada y sin que vayan a ser objeto de publicidad, se facilitarán a través de ASECOB los siguientes datos en relación con sus asociados:


  • Su titulación y su formación.
  • Su pertenencia a un grupo empresarial.
  • Su pertenencia a ASECOB.
  • La fecha de la licencia o autorización para ejercer su actividad en los puertos en los que actúe, así como la de su caducidad.
  • Su representante legal en puerto o en cada puerto en donde actúen.
  • La suscripción de algún seguro de responsabilidad civil.
  • El cumplimiento del estándar ISO que corresponda como norma de calidad de sus servicios.


También Asecob recabará de aquellos de sus asociados que deseen inscribirse en el Registro de Consignatarios una declaración responsable y una autorización de comprobación de datos que, en su caso, pueda llevar a cabo la Dirección General de la Marina Mercante.


Para el seguimiento del Convenio se crea una comisión integrada por dos funcionarios de la Dirección General de la Marina Mercante y los dos miembros que se designen por ASECOB que celebrará al menos una reunión al año, así como aquellas que se puedan decidir por ambas partes.


La comisión de seguimiento resolverá las controversias que puedan surgir sobre la interpretación y ejecución del Convenio.

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Convenio entre Marina Mercante y Asecob

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