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CONSEJO DE MINISTROS

El Gobierno autoriza la firma del Acuerdo bilateral de pesca entre España y Portugal

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PescaArrastre

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El Acuerdo tendrá una vigencia de 5 años, y regula el acceso de las flotas de los dos Estados en las aguas continentales y en las de vecindad de las desembocaduras del río Miño y del río Guadiana. 

La presencia pesquera de las flotas españolas y portuguesas en aguas del país vecino lleva siendo regulada por los acuerdos bilaterales suscritos entre el reino de España y la República portuguesa desde el año 1986.

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El Consejo de Ministros celebrado el pasado viernes ha autorizado hoy la firma del Acuerdo bilateral de pesca entre el Reino de España y la República Portuguesa sobre las condiciones de ejercicio de la actividad de las flotas española y portuguesa en las aguas de ambos países.


El Acuerdo, que tendrá una vigencia de 5 años, regulará el acceso de las flotas de los dos Estados en las aguas continentales y en las de vecindad de las desembocaduras del río Miño y del río Guadiana. También permitirá, como ha venido haciendo estos años, una mejor gestión de los recursos pesqueros ibéricos y dará estabilidad a la actividad pesquera.


La presencia pesquera de las flotas españolas y portuguesas en aguas del país vecino lleva siendo regulada por los acuerdos bilaterales suscritos entre el reino de España y la República portuguesa desde el año 1986, lo que muestra la estable relación que en esta materia se ha mantenido. Estos acuerdos han funcionado correctamente siendo muy beneficiosos para el sector pesquero tanto de España como de Portugal. 

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