Este beneficio de la suspensión de pago de fondeo, es extensivo a la misma categoría a las naves de bandera extranjera, por sesenta días. En el segmento de los buques de pasaje se suspende por un período de noventa días calendarios el pago por fondeo a este tipo de naves.
La Autoridad Marítima de Panamá (AMP) cuenta en su Registro de Buques con embarcaciones no convencionales clasificadas como Yates Comerciales.